Capitulaciones matrimoniales
Divorcio
Acuerdo que los futuros cónyuges firman antes o durante el matrimonio para establecer el régimen patrimonial (sociedad conyugal o separación de bienes). Determinan cómo se manejarán los bienes durante el matrimonio y en caso de divorcio.
Ref: Arts. 179-207, Código Civil CDMX
CAVI (Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar)
Violencia
Institución de la Procuraduría General de Justicia de la CDMX que brinda atención integral a víctimas de violencia familiar. Ofrece asesoría legal, atención psicológica y orientación para presentar denuncias. Funciona las 24 horas del día.
Centro de convivencia familiar
Custodia
Espacio institucional supervisado donde se llevan a cabo las visitas entre el progenitor no custodio y sus hijos cuando el juez así lo determina. Se utiliza cuando existen conflictos entre los padres o situaciones de riesgo que requieren supervisión profesional.
Código Civil CDMX
General
Cuerpo normativo que regula las relaciones civiles en la Ciudad de México, incluyendo matrimonio, divorcio, parentesco, alimentos, custodia, patria potestad y sucesiones. Es la ley principal que rige el derecho familiar en la CDMX.
Conciliación
General
Método de resolución de conflictos donde un conciliador propone soluciones a las partes para llegar a un acuerdo. A diferencia de la mediación, el conciliador puede sugerir propuestas de solución. Es más activa que la mediación pero menos formal que un juicio.
Contestación de demanda
General
Escrito que presenta el demandado ante el juez como respuesta a la demanda interpuesta en su contra. Es su oportunidad de defenderse, aceptar o negar los hechos, y presentar pruebas o contrademanda. Tiene un plazo establecido por la ley para presentarla.
Convenio regulador
Divorcio
Acuerdo integral entre los cónyuges que establece los términos del divorcio: custodia de los hijos, régimen de visitas, pensión alimenticia, uso del domicilio conyugal y liquidación de bienes. Es requisito indispensable en el divorcio voluntario.
Ref: Art. 267, Código Civil CDMX
Convivencia supervisada
Custodia
Régimen de visitas que se realiza bajo la vigilancia de un profesional o en un centro de convivencia familiar. El juez la ordena cuando existen indicios de riesgo para el menor, como antecedentes de violencia o alienación parental.
Curatela
Patria Potestad
Institución jurídica que designa a una persona (curador) para vigilar y supervisar la actuación del tutor, protegiendo los intereses del menor o incapacitado. El curador actúa como contrapeso del tutor y debe ser nombrado por el juez.
Ref: Arts. 618-625, Código Civil CDMX
Custodia compartida
Custodia
Régimen de guarda y custodia donde ambos progenitores comparten el cuidado cotidiano del menor en periodos alternos. Requiere buena comunicación entre los padres y proximidad geográfica. El juez la otorga solo cuando favorece el interés superior del menor.
Custodia definitiva
Custodia
Resolución judicial firme que establece de manera permanente con cuál de los progenitores vivirá el menor. Se dicta al concluir el juicio de custodia y puede modificarse si cambian las circunstancias que la motivaron.
Custodia exclusiva
Custodia
Régimen donde un solo progenitor tiene la guarda y custodia del menor de forma permanente. El otro progenitor conserva el derecho de convivencia mediante un régimen de visitas. Se otorga cuando la custodia compartida no es viable.
Custodia para abuelos
Custodia
Posibilidad legal de que los abuelos obtengan la guarda y custodia de sus nietos cuando ambos padres no pueden hacerse cargo o representan un riesgo para el menor. Requiere demostrar que los padres son incapaces y que la custodia con los abuelos beneficia al menor.
Custodia provisional
Custodia
Medida temporal que el juez dicta al inicio del juicio para determinar con quién vivirán los menores mientras se resuelve el caso definitivamente. Se otorga como medida urgente para proteger el bienestar de los hijos durante el proceso.